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Yucatán

Ecocidio en Sisal por priorizar un desarrollo inmobiliario

24 noviembre, 2017

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal el desarrollo inmobiliario “Paraíso Sisal”, localizado dentro del polígono de la Reserva Estatal “El Palmar”, en el Municipio de Sisal, Yucatán, por no contar con la autorización de Impacto Ambiental que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

En atención a la denuncia presentada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Estado de Yucatán, personal de la PROFEPA en la entidad realizó inspección en el sitio, detectando la remoción de vegetación natural característica de duna costera y matorral costero para la apertura de brechas y un camino.

Además, se detectaron actividades de lotificación de predios mediante mojoneras de PVC marcados con pintura color rojo y la afectación de ejemplares de mangle blanco (Laguncularia racemosa), mangle negro (Avicennia germinans), mangle rojo (Rhizophora mangle) y mangle botoncillo (Conocarpus erectus), especies listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de Amenazadas.

Durante la inspección no se exhibió la correspondiente autorización en materia de impacto ambiental, por lo que con el fin de evitar que se continúen ocasionando afectaciones al ambiente, se impuso la Clausura Total Temporal de las obras y actividades detectadas.

Cabe señalar que el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), en su fracción IX, establece que quien pretenda llevar a cabo desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros, requiere contar previamente con la autorización en materia de impacto ambiental de la SEMARNAT.

El responsable del desarrollo inmobiliario “Paraíso Sisal” podría hacerse acreedor a una multa por el equivalente de 30 hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización, así como a la clausura temporal o definitiva, parcial o total de las obras y actividades inspeccionadas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171 de la LGEEPA.

La PROFEPA refrenda su compromiso de preservar y proteger  los recursos naturales presentes en los ecosistemas  costeros, así como procurar justicia ambiental a través del cumplimiento de la Ley.

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