La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) que, a su vez, confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPAC) de la referida entidad, mediante el cual se realizó la asignación de las diputaciones por el principio de representación proporcional (RP) para integrar el Congreso del estado en comento.
Lo anterior, en virtud de que la Sala Regional estima correcto el análisis de regularidad constitucional realizado por el TEEY, puesto que se tomó como parámetro la votación total de cada partido para integrar la lista de candidaturas con posibilidad de asignación; la declaración de inviabilidad de realizar un ajuste en la asignación de diputaciones en perjuicio de las mujeres; así como la determinación de procedencia respecto a que un partido político nacional, que mantuvo su registro a nivel local, pueda postular una candidatura común y encontrarse en aptitud de participar en la asignación de curules por el principio de representación proporcional.
En ese tenor, el Pleno de la Sala determinó como infundados, por una parte, e inoperantes por otra, los agravios formulados para controvertir la sentencia, relativos a falta de exhaustividad, incongruencia, indebida motivación y fundamentación, así como por violación al principio de certeza, toda vez que no se controvierten las razones expuestas por el TEEY.
De tal forma que se queda la lista de la siguiente manera: tres del PRI, uno PRD, tres Morena, uno MC, uno PVEM y uno Nueva Alianza Yucatán.
En otro asunto, en la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia emitida por el TEEY que, a su vez, confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo distrital para la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa (MR) en el 03 distrito electoral local, con cabecera en Mérida, Yucatán, así como la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez a la fórmula registrada por el Partido Acción Nacional (PAN).
El Pleno de la Sala arribó a tal determinación dado que, los agravios presentados por la otrora candidata (Hilda Guadalupe Escobedo) a dicho cargo, postulada por el partido político MORENA, relativos a la vulneración a los sellos de la bodega vinculada con el resguardo de los paquetes electorales y los planteamientos relacionados con el indebido análisis de diversas casillas, resultaron inoperantes, ya que no se controvierten las razones sustentadas por el TEEY en su sentencia.
En suma, en la sesión pública no presencial por el sistema de videoconferencia celebrada este 24 de agosto, se resolvieron seis juicios ciudadanos federales.