Un reclamo realizado por una ciudadana de Veracruz, identificada como Ana S., generó polémica al asegurar que su camioneta fue decomisada por circular en Yucatán con “placas de otro estado”. Sin embargo, el verdadero motivo del decomiso fue por el uso de un cubreplacas tipo “anti-fotografías”, dispositivo que está expresamente prohibido por el Reglamento de Vialidad del estado.
En su declaración, la denunciante afirma no residir en Yucatán y haber recurrido incluso a un amparo para recuperar su vehículo. No obstante, la información obtenida contradice esta versión.
Según lo estipulado en los artículos 70 y 84 del Reglamento de Vialidad de Yucatán, está prohibido el uso de portaplacas o cualquier aditamento que obstaculice la lectura clara de las placas. En este caso, la camioneta portaba un accesorio que alteraba la visibilidad, presentando la placa como “XXX-XXX-X FBI Special”, lo cual constituye una infracción.

Este tipo de normativa no es exclusiva de Yucatán: entidades como la Ciudad de México, Jalisco y Puebla también prohíben dispositivos que impidan la identificación correcta de los vehículos.
Adicionalmente, se confirmó que la ciudadana sí reside en Yucatán, específicamente en la zona de Santa Fe, Caucel, al norte de Mérida, donde fue señalada por sus vecinos del fraccionamiento.