Utilizamos cookies para mejorar su experiencia de navegación, ofrecer anuncios o contenido personalizados y analizar nuestro tráfico.
Al hacer clic en "Aceptar", acepta nuestro uso de cookies y nuestro Aviso de Privacidad
Aceptar
Yucatán AhoraYucatán AhoraYucatán Ahora
  • Inicio
  • Deportes
  • Policía
  • Sociales
  • Mérida
  • Yucatán
  • Gobierno
  • Legislativo
  • Negocios
  • Opinión
  • Bio
  • es
    • es
    • en
    • it
    • fr
    • zh-CN
Reading: ‘Referéndum: no es la vía idónea para inconformarse contra la ley del ISSTEY’
Share
Font ResizerAa
Font ResizerAa
Yucatán AhoraYucatán Ahora
  • Inicio
  • Deportes
  • Policía
  • Sociales
  • Mérida
  • Yucatán
  • Gobierno
  • Legislativo
  • Negocios
  • Opinión
  • Bio
  • Inicio
  • Deportes
  • Policía
  • Sociales
  • Mérida
  • Yucatán
  • Gobierno
  • Legislativo
  • Negocios
  • Opinión
  • Bio
Síguenos en
¿Quienes somos?
Aviso de privacidad
Términos y condiciones
© Yucatán Ahora 2026. Todos los derechos reservados
Política y Gobierno

‘Referéndum: no es la vía idónea para inconformarse contra la ley del ISSTEY’

Yucatán Ahora 26 julio, 2022

Francisco José Parra Lara 

Doctor en Derechos Humanos por la Universidad de Guanajuato

‘Referéndum: No es una vía idónea para inconformarse contra la nueva ley del ISSTEY’. En atención a que, según varios medios de comunicación, se dio a conocer el hecho de que se están recabando firmas para, por medio de ese instrumento de participación ciudadana, se tenga por no aprobada dicha ley, cabe decir que la norma que instrumentaliza dicho procedimiento cívico (la Ley de Participación Ciudadana que regula el Plebiscito, Referéndum y la Iniciativa Popular en el Estado de Yucatán, señala en su artículo 48, fracción I, que no serán materia de referéndum las disposiciones legales de carácter tributario, fiscal y financiero.

Características normativas, al menos dos de ellas, que sí estarían correlacionadas con dicha ley, máxime si se ve que en su exposición de motivos se insiste con énfasis que la finalidad de la misma es darle viabilidad financiera al instituto de mérito.

De ahí que se considere que quien se sienta agraviado por algún o algunos artículos de la citada ley en materia de seguridad social, tiene expedito el juicio de amparo indirecto (individual o colectivo).

Sin dejar de lado la facultad que tienen los siguientes entes públicos de combatirla con efectos erga omnes (para todos) a través de la acción de inconstitucionalidad (federal): 1. El Ejecutivo Federal, a través del Consejero Jurídico de su gobierno. 2. El 33 % de los legisladores locales de Yucatán. 3. La CNDH. 4. La CODHEY.

Ad imageAd image
Ad imageAd image
Compartir
Facebook Twitter Whatsapp Whatsapp Email Copy Link
Ad imageAd image
Ad imageAd image

Notas Relacionadas

INICIA EL PLAN RENACIMIENTO MÉRIDA CON FOROS CIUDADANOS

9 junio, 2026

EL VA Y VEN OPERA ESTE MARTES CON EL 70%: ATY

9 junio, 2026

CHOFERES DEL TRANSPORTE PÚBLICO SE REUNIRÁN CON AUTORIDADES ESTATALES

9 junio, 2026

INICIA CAMPAÑA DE FUMIGACIÓN MASIVA EN YUCATÁN

8 junio, 2026

GOBIERNO DEL ESTADO RECONOCE LABOR PERIODÍSTICA

7 junio, 2026

PODER JUDICIAL FORTALECE ATENCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

7 junio, 2026

PREVÉN INCREMENTO EN LAS LLUVIAS A PARTIR DEL 10 DE JUNIO

6 junio, 2026

PODER JUDICIAL Y FGE FORTALECEN LA JUSTICIA FAMILIAR

6 junio, 2026

Síguenos

© Yucatán Ahora 2026. Todos los derechos reservados
Welcome Back!

Sign in to your account

Username or Email Address
Password

Lost your password?