[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) investiga el encallamiento de la embarcación “Tisbea”, en el Área Natural Protegida (ANP) Parque Nacional (PN) Arrecife Alacranes.
Lo anterior derivado de información proporcionada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) y de medios informativos, sobre un encallamiento en Alacranes, por lo que la Delegación Federal de la Profepa en Yucatan, llevó a cabo una diligencia para la localización de la embarcación encallada.
En ese sentido, la PROFEPA detectó a la embarcación “Tisbea”, de 20.73 metros de eslora en astillero del Parque Industrial Yucalpetén, la cual ingresó la mañana de este viernes para reparación, proveniente de Alacranes, ya que presentaba diversos daños.
De la revisión que se hizo Profepa a la embarcación se constató la existencia de tallones y golpes contundentes en la parte interior del casco, del lado de la proa, a la altura de la quilla, donde se observó resina epóxica e hilos de tela de fibra de vidrio, en la parte inferior a dichos golpes, resultado de acciones de reparación.
Asimismo, no se encontraron las propelas y se observaron los timones raspados y preparados para ser pintados; así como pastos marinos en estado fresco.
De acuerdo con la información recabada por inspectores de la PROFEPA, la citada embarcación contaba con aviso de zarpe, con salida del puerto de Yucalpetén, y destino al PN Arrecife Alacranes, con fecha de 14 de agosto de 2018; así como documento de la CONANP de no inconveniencia para visitar en estas fechas la referida ANP.
Por lo anterior, y con el fin de localizar si se realizó daño al alguna área del ANP PN Arrecife Alacranes, se inició un procedimiento administrativo.
El PN Arrecife Alacranes es un ANP que se estableció mediante decreto publicado el 6 de junio de 1994, cuenta con una superficie de 333,768.50 hectáreas, consta de 2 zonas núcleo que abarcan una superficie de 31,670-09-00 has. y una zona de amortiguamiento de 302,098-41-50 has..
En las zonas núcleo se debe evitar el impacto y modificación a los ecosistemas de relevancia del parque, no está permitida la extracción o traslado de especímenes, el fondeo únicamente se permite en las áreas señaladas para tal efecto, las cuales corresponden a áreas marinas o con sustrato desnudo, cercanas a Isla Desterrada, así como algunas áreas contiguas a Isla Pérez.
La zona de amortiguamiento está delimitada por un polígono ovalado que rodea el arrecife y encierra las zonas núcleo del parque, incluye el centro del zócalo arrecifal, las zonas pelágicas y bentónica, así como la Isla Chica.
De detectarse algún daño a arrecifes, la sanción aplicable según la Ley General de Vida Silvestre, asciende al equivalente de 50 a 50,000 Unidades de Medida y Actualización.
Por su parte, el Código Penal, en caso de daño a arrecifes establece una pena de 2 a 10 años de prisión, aumentándose la penalidad en dos años de prisión adicionales cuando se trata de una ANP.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]