El Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (Inaip) quedó formalmente extinguido con la entrada en vigor de la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de Yucatán.
En su lugar se creó el organismo “Transparencia para el Pueblo de Yucatán”, un ente desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno que asumirá sus funciones.
La medida se enmarca en la reforma federal de simplificación orgánica publicada en diciembre de 2024, que extinguió al INAI y otros organismos autónomos, transfiriendo sus atribuciones a dependencias gubernamentales.
En Yucatán, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno será la responsable de garantizar la transparencia, el acceso a la información y la protección de datos personales, a través de este nuevo órgano especializado.
El decreto establece que “Transparencia para el Pueblo” tendrá autonomía técnica y operativa, será encabezado por un titular designado por el Ejecutivo estatal y contará con un consejo consultivo integrado por cinco especialistas provenientes de la sociedad civil y la academia.
Este organismo dará continuidad a los procedimientos en curso, resolverá recursos de revisión y asumirá la defensa legal de los actos emitidos por el extinto Inaip.
Respecto al personal, se determinó que los derechos laborales de las y los trabajadores del Inaip serán respetados.
Además, deberán realizar actas de entrega-recepción institucional e individual, mientras que quienes estén obligados deberán presentar sus declaraciones patrimoniales y de intereses en los sistemas de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
En un plazo máximo de 20 días hábiles, todos los recursos humanos, materiales, financieros y sistemas informáticos del Inaip, incluidos los registros históricos, pasarán a esa dependencia.
Las disposiciones transitorias establecen que el decreto entró en vigor el 29 de agosto de 2025.
Los sujetos obligados tendrán 180 días para adecuar su normativa interna y garantizar el funcionamiento de sus unidades y comités de transparencia, mientras que los órganos de control interno de los poderes públicos y organismos autónomos contarán con 30 días para realizar los ajustes correspondientes.
En cuanto a fechas específicas, se precisa que las disposiciones relativas al Tribunal de Disciplina Judicial entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2025, y las correspondientes al Órgano de Administración Judicial en el año 2027.
Hasta entonces, dichas funciones estarán a cargo del órgano de control interno del Poder Judicial y del Consejo de la Judicatura, respectivamente.
Con esta decisión, se abrogan la Ley de Transparencia de 2016 y la Ley de Protección de Datos Personales de 2017, y se faculta al Ejecutivo estatal para expedir en un plazo de 90 días las disposiciones reglamentarias que regularán al nuevo organismo.
Tras casi una década de operación desde su creación en 2016, el Inaip concluye su ciclo histórico como organismo autónomo en Yucatán.
Con la creación de “Transparencia para el Pueblo”, el Estado da paso a un modelo centralizado en el Poder Ejecutivo, en línea con la reforma federal, para garantizar el acceso a la información y la protección de los datos personales bajo un esquema de control estatal.




