La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Controversia Constitucional, marcada con el expediente 11/2025, promovido por el Ayuntamiento de Mérida, con el cual pretendía invalidar la modificación del artículo 46 de la Ley de Hacienda de ese municipio relacionado con el predial.
De tal forma que el Pleno confirmó la decisión del Congreso de Yucatán para que el costo del impuesto predial fuera razonable y no afectara de manera desproporcionada a los habitantes de Mérida.
En ese sentido, validó el artículo 46 de la Ley de Hacienda de dicho municipio que contiene las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones.
Con siete votos a favor y dos en contra de las y los nuevos ministros, se confirmó la validez de la mencionada reforma del Decreto 29/2024, publicado en el Diario Oficial de Yucatán el 30 de diciembre del 2024, que tiene que ver con la recaudación de recursos a través de ese impuesto para este año.
Es decir, con esta resolución se confirma la modificación a la Ley de Hacienda Municipal hecha por los diputados de Morena y sus partidos aliados para evitar el aumento a los valores catastrales y, de esta manera, que no haya incremento en el pago del impuesto predial.
En el proyecto de sentencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, se indica que el Congreso yucateco “justificó su apartamiento respecto de la propuesta municipal con base en razones objetivas y razonables de política pública, sustentadas en criterios de equidad tributaria, austeridad y viabilidad financiera”.
Cabe mencionar que cuando el Congreso modificó la Ley de Hacienda del Municipio que previamente había aprobado el Cabildo, la alcaldesa Cecilia Patrón Laviada declaró que los diputados de Morena decidieron darle la espalda a Mérida con una decisión política y partidista. En esa ocasión, sostuvo que fue una “ley castigo”, recortando recursos a los ciudadanos.
También señaló que las finanzas municipales sufrirían una reducción de 100 millones de pesos en la recaudación del impuesto predial tras la decisión del Congreso local de modificar la Ley de Hacienda.
La SCJN subrayó la necesidad de que cualquier actualización de los costos debe estar debidamente justificada y derivar de mesas de análisis entre el Congreso local y municipio para que coincidan con criterios objetivos y equitativos que beneficien a la población en general.




