[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), aseguró 16 metros cúbicos de madera aserrada de Pino (Pinus sp.), en un establecimiento comercial con giro de maderería en Mérida, por no acreditar su legal establecimiento y procedencia de la materia prima.
Al revisar la documentación con la que se pretendía acreditar la legal procedencia de la madera almacenada, los agentes detectaron que el domicilio señalado no correspondía al sitio inspeccionado.
Con el propósito de constatar la legal procedencia del recurso natural, se determinó su aseguramiento precautorio con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 161, Fracción I, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).
Durante la inspección también se detectó que el establecimiento carecía del Aviso de Funcionamiento que establece el Artículo 117 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (RLGDFS), así como del Código de Identificación expedido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
El Artículo 93 del RLGDFS dispone que los transportistas, responsables y titulares de centros de almacenamiento y de transformación, así como los poseedores de materias primas forestales, deben demostrar la legal procedencia de las mismas.
La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable establece como infracción a quienes transporten, almacenen, transformen o posean materias primas forestales, sin contar con la documentación o los sistemas de control para acreditar su legal procedencia, una multa que va de las 100 a las 20,000 Unidades de Medida y Actualización.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]