[vc_row][vc_column][vc_column_text]Igual que muchos delincuentes reincidentes, Manuel Alfonso Cuxim May, el sujeto que disparó ayer contra policías estatales en las inmediaciones de la carretera Mérida-Celestún, cerca de la entrada a Kinchil, ha sido beneficiado por el sistema de justicia penal.
Detenido con droga en diciembre de 2015, en Ciudad Caucel, el sujeto fue liberado a los pocos días porque un juez lo consideró “adicto” y no vendedor de estupefacientes.
No es la primera vez que jueces de control, como se les denomina en el nuevo sistema penal, liberan a detenidos considerándolos delincuentes menores, y a la postre terminan cometiendo delitos mayores.
Hay casos de malandrines que han huído e incluso robado aún teniendo brazalete electrónico. En casos graves, sujetos acusados de robo y liberados a los pocos días han terminado cobrando venganza y hasta matando a sus víctimas.
En cuanto al caso ocurrido ayer en el poniente de Yucatán, rumbo a Celestún, se supo que uno de los detenidos, Cuxim May (en las fotos se le ve sin camisa), quien junto con un cómplice fueron descubiertos por agentes de la Policía Estatal de Investigación (PEI) que realizaban una investigación contra el narcomenudeo en la zona.
Una camioneta se aproximó a las unidades policiales y estuvo a punto de colisionar, por lo que los policías solicitaron al conductor detenerse; pero éste aceleró y su acompañante abrió fuego con una pistola calibre .22.
Al darles alcance, el individuo armado bajó de la camioneta, disparó e hirió a un oficial en una pierna, para después internarse en el monte, donde fue capturado. El sujeto que conducía fue detenido de inmediato.
En diciembre de 2015, el juez de control Luis Edwin Mugarte Guerrero aprobó la suspensión del proceso penal contra Cuxim May, detenido días antes con droga en Ciudad Caucel.
Se le consideró adicto, no vendedor, y por eso resultó beneficiado con la libertad condicional y la suspensión del juicio.
Al sujeto se le había vinculado por delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo, en su variante de posesión simple de “crack”.
El delito fue reclasificado, pues inicialmente se le acusó de posesión de drogas con fines de suministro, considerado como grave.
En consecuencia resultó beneficiado con la suspensión del juicio, aunque durante seis meses debió cumplir con los siguientes requisitos: residir en un predio determinado; abstenerse de consumir estupefacientes, drogas y abusar de las bebidas alcohólicas; someterse a exámenes toxicológicos; participar en programas de tratamiento; permanecer en un trabajo o empleo, y presentarse a firmar los primeros cinco días de cada mes.
De cumplir con todo ello, tendría como efecto la extinción de la acción penal.
Según el expediente, el 24 de noviembre pasado, elementos de la SSP detuvieron una camioneta F-150 con matrícula XT-86158, de Veracruz, con cristales polarizados en la calle 70 x 87 del fraccionamiento Los Almendros de Ciudad Caucel, luego de breve persecución pues el chofer intentó evadirse.
Tras realizar una revisión precautoria, hallaron 48 bolsitas con una sustancia granulada que resultó ser “crack” y que luego se dijo que era para consumo de dicho sujeto.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]