Utilizamos cookies para mejorar su experiencia de navegación, ofrecer anuncios o contenido personalizados y analizar nuestro tráfico.
Al hacer clic en "Aceptar", acepta nuestro uso de cookies y nuestro Aviso de Privacidad
Aceptar
Yucatán AhoraYucatán AhoraYucatán Ahora
  • Inicio
  • Deportes
  • Policía
  • Sociales
  • Mérida
  • Yucatán
  • Gobierno
  • Legislativo
  • Negocios
  • Progreso
  • Opinión
  • Bio
  • es
    • es
    • en
    • it
    • fr
    • zh-CN
Reading: Ex regidores de Progreso imputados por cohecho solicitan suspensión condicional del proceso
Share
Font ResizerAa
Font ResizerAa
Yucatán AhoraYucatán Ahora
  • Inicio
  • Deportes
  • Policía
  • Sociales
  • Mérida
  • Yucatán
  • Gobierno
  • Legislativo
  • Negocios
  • Progreso
  • Opinión
  • Bio
  • Inicio
  • Deportes
  • Policía
  • Sociales
  • Mérida
  • Yucatán
  • Gobierno
  • Legislativo
  • Negocios
  • Progreso
  • Opinión
  • Bio
Síguenos en
¿Quienes somos?
Aviso de privacidad
Términos y condiciones
© Yucatán Ahora 2026. Todos los derechos reservados
Yucatán

Ex regidores de Progreso imputados por cohecho solicitan suspensión condicional del proceso

yucatanahora 15 julio, 2021

La defensa de cinco de los 11 ex regidores imputados por el delito de cohecho solicitó al Juzgado Tercero de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral una audiencia con el fin de plantear una Suspensión Condicional del Proceso Penal para sus representados.

Para resolver dicha solicitud el Juzgado programó una audiencia el próximo 23 de julio de 2021 en el mismo Centro de Justicia Oral de Progreso.

De acuerdo con el artículo 191 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), la suspensión condicional del proceso es un planteamiento que formulan el Ministerio Público o el imputado, el cual debe incluir un plan detallado de pago de la reparación del daño y el sometimiento de las personas imputadas a una o varias de las condiciones previstas en la ley, que garanticen una efectiva tutela de los derechos de la víctima u ofendido y que, en caso de cumplirse, pueda dar lugar a la extinción de la acción penal.

Cabe mencionar que la Suspensión Condicional del Proceso establece que procederá siempre y cuando el auto de vinculación a proceso del imputado se haya dictado por un delito cuya media aritmética de la pena de prisión no exceda de cinco años; que no exista oposición fundada de la víctima u ofendido y; que no hayan tenido transcurrido dos años desde el cumplimiento o cinco años desde el incumplimiento de este.

Ad imageAd image
Ad imageAd image
Compartir
Facebook Twitter Whatsapp Whatsapp Email Copy Link
Ad imageAd image
Ad imageAd image
Ad imageAd image

Notas Relacionadas

FORTALECEN LA POLICÍA MUNICIPAL DE UMÁN CON NUEVAS UNIDADES Y ELEMENTOS

26 agosto, 2026

POBLADORES DE DZONCAUICH RETIENEN CAMIONETA DE LA CFE TRAS FALLA DE TRANSFORMADOR

25 agosto, 2026

JUZGADO FRENA TEMPORALMENTE “LAS DUNAS” EN CHUBURNÁ PUERTO

25 agosto, 2026

DUNAS COSTERAS EN RIESGO POR PLANTAS INVASORAS

24 agosto, 2026

TREN MAYA REALIZA PRIMER VIAJE DEL RESTAURANTE JANAL 

23 agosto, 2026

PADRE E HIJA SE REENCUENTRAN TRAS CUATRO MESES DE ESPERA

23 agosto, 2026

MELISSA PUGA DESTACA AVANCES Y CONSOLIDA UNA NUEVA ETAPA PARA IZAMAL

22 agosto, 2026

TRANSFORMAN MERCADO DE TICUL EN BENEFICIO DE SUS 40 MIL HABITANTES

21 agosto, 2026

Síguenos

© Yucatán Ahora 2026. Todos los derechos reservados
Welcome Back!

Sign in to your account

Username or Email Address
Password

Lost your password?