Después de dos semanas de juicio oral, el Tribunal Colegiado Primero de Enjuiciamiento del Estado de Yucatán absolvió al empresario Arturo Millet Reyes, acusado del delito de abuso de confianza equiparado dentro de la carpeta administrativa 39/2025. La sentencia es del 15 de julio de 2026.
Con esta resolución, Millet Reyes fue declarado no responsable penalmente, luego de que la Fiscalía no lograra acreditar ante el tribunal los elementos necesarios para obtener una sentencia condenatoria.
Pago por 117 millones de pesos
La denuncia, presentada desde 2015 por un grupo de inversionistas, reclamaba el pago de más de 117 millones de pesos por operaciones relacionadas con terrenos ejidales ubicados en Quintana Roo. La defensa sostuvo desde el inicio que se trataba de una controversia de carácter mercantil y no penal.
La sentencia definitiva de primera instancia está en la causa penal número 81/2022, del Juzgado Primero de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, con el número de carpeta administrativa T.C.1.E. 39/2025, en el que la Fiscalía Estatal acusó a Arturo Millet Reyes, por el delito de abuso de confianza equiparado.
La denuncia fue presentada por los ciudadanos José Luis Rodríguez Rodríguez, Daniel Florentino Rodríguez Rodríguez, Aurelio Ernesto Rodríguez Rodríguez, José Antonio Claros Bernal, Manuel Tomas Mier Fernández, Guillermo Andrés Wolff Michaus y Alfredo Ríos Madrid.
El expediente permaneció varios años sin avances y posteriormente fue judicializado durante la administración estatal anterior. De acuerdo con la defensa, el proceso estuvo marcado por presiones e intereses ajenos al ámbito estrictamente jurídico, señalamientos que deberán analizarse por las vías correspondientes.
La absolución pone fin a más de una década de litigio, exposición pública y afectaciones económicas y personales para el empresario. El fallo establece que no existieron pruebas suficientes para atribuirle responsabilidad por los hechos denunciados.
La resolución también reabre el debate sobre el uso de los procesos penales en conflictos entre particulares, pues aun cuando una persona resulta absuelta, el prolongado desgaste judicial y reputacional puede convertirse por sí mismo en una forma de castigo.




