En busca de mayor regulación y de acabar con el fantasma de los fraudes, actualmente en Yucatán ya se considera ilegal vender una propiedad como intermediario si no se cumple cabalmente con la nueva normativa del sector inmobiliario, lo que incluso podría generar sanciones entre 11 mil y 180 mil pesos.
El presidente de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), sección Mérida, Iván Cervera López, resaltó que estaban la publicación del reciente reglamento, que llegó de la mano de la modificación de la Ley del INSEJUPY, donde se creó el registro estatal de asesores que se presentó en agosto del 2024.
“Lo que celebramos mucho y queremos plantear para que vayamos concientizando a la sociedad en general, es que a partir de que se decretó, hoy en Yucatán es ilegal vender una propiedad como intermediario si no se pertenece a este registro. Actualmente, si alguien quiere ser un intermediario, ayudar a comprar o vender una propiedad, tiene que pertenecer a este registro, que va de la mano de cientos de requisitos que creemos que van a funcionar lo suficientemente bien para que la calidad profesional y moral de estas personas sean verdaderas, sean expertas (os) para poder justificar su participación y que su asesoría ayude a las personas a tomar mejores decisiones”, expresó Cervera López.
“Nuestro mercado inmobiliario lo pide a gritos, lo viene pidiendo a gritos desde hace varios años, es fundamental tener la asesoría de un experto (a) en este proceso, adquirir una propiedad o venderla es un proceso complejo lleno de conocimientos técnicos para que se haga de la mejor manera posible. Hay que entender que tenemos el patrimonio de las personas en nuestras manos y es nuestra obligación actuar no sólo de la mejor manera desde una perspectiva de la ética y la moral, sino también desde un expertise profesional, para nosotros es un logro que como estado hoy estemos determinando que se vuelve ilegal la participación de alguien como supuesto asesor (a), porque si no se cumple con estos requisitos no hay un expertise comprobado para poder ayudar a alguien a comprar o vender la propiedad”, agregó.
Por su parte, Sergio Cuevas González, vicepresidente del comité de Vinculación Institucional y Regulación, reveló que Yucatán se ha integrado a una tendencia nacional, que incluye a 24 entidades del país, donde no es legal dedicarse a asesor inmobiliario si no existe la validación de la autoridad.
“Lo que la norma persigue es proteger al consumidor, que si una persona establece una relación de servicio con un profesional inmobiliario existen las garantías, que sabe, conoce el mercado y tiene todas las habilidades para prestar una buena asesoría, comprar o vender una casa no es algo que hacemos muchas veces en nuestra vida, por eso se requiere que el conocimiento sea especial”, afirmó.
De acuerdo con Cuevas González, para poder desempeñarse en este ramo, los interesados deberán cumplir con tres requisitos fundamentalmente: Estar certificado, contar con 50 horas acreditadas de capacitación y acreditar que cumple con todas las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-247, a través de contratos de adhesión registrados en Profeco.
“Esta normatividad lo que hace es establecer con mucha claridad cuáles son las obligaciones a las que un asesor inmobiliario tiene que sujetarse cuando presta un servicio y es vigilado por la autoridad. Las penas pueden ir entre 100 y dos mil UMAS, es decir, entre 11 mil hasta 180 mil pesos, pero también se puede sancionar dependiendo el valor de la operación”, manifestó.
Cabe señalar que todos los potenciales asesores que deseen registrarse u obtener su licencia pueden realizar su pre-registro en línea y esperar que la autoridad emita la convocatoria para determinar la institución que brindará la capacitación correspondiente y concretar el último requerimiento. En el caso de los integrantes de la AMPI, de antemano todos ya cumplen con los requisitos, de lo contrario no pueden pertenecer a la Asociación.
El reglamento se emitió oficialmente el 21 de mayo pasado y entrará en vigor en septiembre próximo.
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