[vc_row][vc_column][vc_column_text]El rumor de un pregonar/Columna
Por: Francisco José Parra Lara
(Art. propio)
Volvió a suceder. Tres meses después se insistió ante la misma actual legislatura de Yucatán a fin de que esta reformara la Constitución Política local para lograr el acceso igualitario al matrimonio, y en su caso al concubinato, a favor de las parejas del mismo sexo. El proceso legislativo y el resultado final fueron idénticos: por cédula (voto secreto) no se obtuvo la mayoría calificada que tal reforma constitucional ameritaba. Como era lógico, se vuelven a oír y escuchar los reclamos y amagos de acudir ante los tribunales y demás instituciones para “obligar” al Congreso yucateco a legislar tal tipo de instituciones, a pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCN) dijo que esto no es constitucionalmente factible (sobre este tema: https://yucatanahora.mx/la-scjn-y-el-no-a-legislacion-forzosa-del-matrimonio-igualitario/).
A finales de abril próximo pasado se publicitó que en el combate contra dicha negativa destacaban dos juicios de amparo indirecto, de los cuales el que versó sobre el “voto secreto legislativo” acaecido a principios de dicho mes (expediente 542/2019 del índice del Juzgado Primero de Distrito en Yucatán) ya fue sobreseído, quedando pendiente que un Tribunal Colegiado federal (probablemente el mismo que hace años negó el amparo y protección de la justicia de la Unión a favor de tal legislación forzosa) decida en definitiva el asunto.
Así, en aras de evitar repeticiones de esfuerzos sustancialmente iguales y, por ende, con resultados idénticos, máxime ante la insistencia de acudir a la vía política local en vez de, por ejemplo, ir ya ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (como correspondería jurisdiccionalmente ante lo resuelto por la SCJN), se sugiere que las muchas personas que dicen apoyar la igualdad de derechos en comento se unan en pos de formar un partido político, que podría denominarse “Partido Igualitario de Yucatán” (PIY). Aquí brevemente algunas razones a favor de la viabilidad de esta propuesta:
Conclusión: Si ya es de sobra conocido que mediante un formato de demanda de amparo indirecto (que en Internet puede hallarse) en cuestión de unos pocos meses y sin mayor problema y gasto se logra que el Registro Civil expida el acta matrimonial a las parejas homoparentales, bien valdría ya la pena redirigir la lucha por los derechos de la comunidad LGBTTTIQ para obtener para su causa y de la sociedad en general mayores y mejores resultados, en vez de insistir por los caminos en donde ya se ha visto que no son los adecuados.
Francisco José Parra Lara
Doctorando en Derechos Humanos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y diversas instituciones públicas en México
Mérida, Yucatán, 15/VII/2019
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