En breve ya no podrán viajar en moto niños menores de cinco años

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Diputados locales aprobaron por unanimidad la adición del artículo 44 Bis de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado, para prohibir que en los vehículos como bicimotos, motocicletas y cuatrimotos, se transporte a niños menores de cinco años de edad o que, aun habiendo cumplido esa edad, éstos no puedan sujetarse por sus propios medios o apoyar sus pies en el pedal del pasajero.

En el mismo dictamen, también se adicionó el artículo 31 Bis para que además de los requisitos exigidos para la expedición de licencias o permisos de conducir, el interesado deberá aprobar el examen de pericia y capacidad suficiente en el manejo del vehículo correspondiente.

El promovente de la iniciativa, Víctor Sánchez Roca (PAN), señaló que este tema le va dar mayor seguridad y cuidado a la vida de los menores de edad, aún por encima de las decisiones de sus padres.

En la misma reunión de la comisión de Desarrollo Urbano, Vivienda e Infraestructura, Marcos Rodríguez Ruz (PRI) expuso que es fundamental cuidar la salud de las niñas y los niños, porque sí se corre riesgos en este tipo de vehículos; por otro lado, informó que sigue teniendo reuniones con organizaciones para hablar sobre el tema de mototaxis.

A propuesta de la presidenta de la comisión, Lila Frías Castillo (PRI), el cuerpo colegiado aprobó por unanimidad llevar a cabo una reunión con instituciones, el próximo martes 25 de junio del presente año, también por el asunto de los mototaxis.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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