[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de 10 de enero de 2018, por unanimidad de votos de los cinco ministros que la integran, resolvió desechar el recurso de revisión interpuesto por el Gobierno del Estado de Yucatán en contra de la diversa dictada por el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del 14o Circuito.
Este tribunal desechó a su vez la demanda de amparo directo promovida por el Gobierno del Estado en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 34, con residencia en Mérida, en el juicio agrario TUA 34.- 1412/2013 en que determinó que el Gobierno del Estado deberá pagar a valor comercial al Ejido de Sitpach el valor comercial de aproximadamente 10 hectáreas de tierras de su propiedad en las que se construyó el distribuidor vial Chichí Suárez.
Dado que el valor comercial de las tierras en esa zona de la ciudad supera los mil 500 pesos el metro cuadrado. En consecuencia, el Ejido espera recibir una indemnización de más de 100 millones de pesos.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]
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